Niegan suspensión de la compraventa de las acciones en la Triple A
Tribunal de Cundinamarca no encontró perjuicio irremediable.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la medida cautelar con la que un veedor pretendía suspender el contrato de compraventa de las acciones de Triple A, entre la SAE y la empresa de Alumbrado Público de Barranquilla, K-Yena S.A.S.
Según el fallo no existe evidencia que establezca que dicho convenio represente un perjuicio irremediable.
El argumento expuesto por el accionante era que, aparentemente, el componente accionario fue vendido a un precio inferior al real.
En su momento el veedor señaló que estaban en riesgo “más de 1.9 billón de pesos en detrimento” por lo que era necesaria la vigilancia de los recursos públicos para evitar acciones administrativas y contractuales que incluso traspasarían nuevamente las acciones a otra empresa pública como EPM o un tercero.
En el fallo el Tribunal requirió un detallado informe de las entidades en torno a los pasos dados frente a esta operación.